AYUNTAMIENTO DE SALAMANCA

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El Ayuntamiento edita una guía digital para informar sobre las facilidades a familias y empresas para el pago de los tributos locales

viñetaLa guía recoge el calendario fiscal actualizado, que incluye los cambios en los periodos de pago de los tributos, y en las condiciones de los aplazamientos y fraccionamientos, formulados por el consistorio para aliviar la situación de familias, autónomos y empresas



Portada de la guía digital sobre tributos.
Portada de la guía digital sobre tributos.

2 abril 2020 Hacienda

El Ayuntamiento de Salamanca, a través del Organismo Autónomo de Gestión Económica y Recaudación (OAGER), ha editado una completa guía digital para informar a los ciudadanos sobre las facilidades que el Consistorio da a familias y empresas para el pago de los tributos locales  durante el estado de alarma sanitario.

Esta guía, que está disponible en la página del Organismo Autónomo de Gestión Económica y Recaudación (www.oager.com), ofrece a los salmantinos un calendario fiscal actualizado, en el que se recogen los nuevos periodos de pago de los tributos, y las nuevas condiciones de los aplazamientos y fraccionamientos, anunciados por el consistorio en el marco de las medidas de alivio a las familias, autónomos y empresas, para paliar las consecuencias derivadas de la crisis sanitaria y económica.

Al respecto, cabe recordar que el Ayuntamiento ha decidido ampliar en dos meses los plazos de pago en periodo voluntario de los recibos correspondientes a diversos tributos municipales, cuyos nuevos plazos de pago son los siguientes:

  • Impuesto de Vehículos: 1 marzo-30 de junio (cargo en cuenta 1 de julio)
  • Impuesto Bienes Inmuebles (urbana):
    • Primer plazo: 1 abril-31 de julio (cargo en cuenta 1 de agosto).
    • Segundo plazo: 1 septiembre-30 de noviembre (cargo en cuenta 1 de diciembre).
  • Tasa de recogida de Basuras: segundo plazo: 1 julio-31 octubre (cargo en cuenta 2 de noviembre)

 

Además, los fraccionamientos de pago actualmente en vigor, y los que desde ahora se puedan tramitar, relativos a deudas inferiores a 30.000 euros,  sin garantía, y hasta por un periodo máximo de 12 meses, se concederán sin intereses.

Del mismo modo, los aplazamientos de pago a 3 meses ampliarán su plazo hasta los 6 meses, también sin intereses y sin garantías.

Respecto de la Tasa por ocupación de terrenos de uso público por mesas y sillas con finalidad lucrativa (terrazas), el consistorio procederá a la anulación de todas las liquidaciones y recibos girados en concepto de ocupación de la vía pública con terrazas, abriendo un nuevo período de pago entre el 1 de octubre y el 30 de noviembre.

El Ayuntamiento ofrece a los hosteleros la opción de solicitar la devolución de lo abonado en caso de haber procedido al pago o de dejar pagada la cuota, para que, llegado el momento, el consistorio deduzca ese importe o devuelva los excesos de cobro en caso de que se produzcan, ya que no se cobrará por el tiempo en que las terrazas no han podido estar instaladas como consecuencia de la alarma sanitaria.

Asimismo, se tendrá en cuenta, en su caso, cualquier reducción que pueda plantearse como consecuencia de la situación económica generada por la crisis del coronavirus.

En cuanto a las tasas por ocupación de la vía pública con vallas y andamios de obras, se procederá a la anulación de las mismas para el periodo comprendido entre el 29 de marzo, con motivo de la paralización de las obras decretado por el Gobierno, y hasta la finalización del estado de alarma o de la paralización de dichas obras. Se efectuará la devolución de la tasa ya abonada por los días que no se puedan ejecutar las obras.



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